Si tu compra necesita una autorización previa de otro organismo, no entra por courier. La propia AFIP lo explica: las únicas “intervenciones” que no excluyen al courier son las de control posmercado (después del libramiento). Todo lo que requiera condición previa (permiso, registro, homologación previa, AFIDI, etc.) queda afuera del régimen simplificado
Para Puerta a Puerta (uso personal, Correo Argentino) existen exenciones, pero algunos rubros —por ejemplo medicamentos y suplementos— siguen exigiendo autorización previa de ANMAT antes de retirar el envío.
Lo que sí tiene “intervención previa” (y por eso no va por courier)
1) Vegetales, semillas, plantas, bulbos, flores, tierra, madera → SENASA (AFIDI)
Para ingresar plantas o sus partes (frutos, flores, semillas), madera, turba o maquinaria agrícola usada, debés tramitar AFIDI antes de importar. Es condición previa, por eso no aplica courier.
2) Productos de origen animal y veterinarios → SENASA
Carnes, lácteos, miel, huevos, subproductos y veterinarios requieren autorización sanitaria previa. Resultado: no entran por courier. (Además, las medidas sanitarias pueden cambiar por brotes —ej.: influenza aviar—, reforzando controles).
3) Medicamentos y suplementos → ANMAT
Para puerta a puerta de medicamentos/suplementos, necesitás autorización previa de ANMAT (TAD). En courier comercial, si hay condición previa, queda excluido.
4) Cosméticos, domisanitarios, higiene personal y algunos productos médicos (actualización 2025) → ANMAT
En 2025, ANMAT dejó de intervenir previamente en varias categorías (uso personal y, según la categoría, esquema de “aviso de importación” sin autorización previa). ¿Qué implica para courier? Si el régimen vigente ya no exige trámite previo (solo avisos/posmercado), no te excluye por esa causal; si sí exige previa, sí excluye. Verificá la ficha vigente antes de comprar.
5) Equipos que usan espectro (celulares, handies, routers, IoT) → ENACOM
Estos equipos requieren homologación ENACOM para uso/comercialización en Argentina. Si la liberación aduanera exige homologación previa, no aplica courier; si el control es posmercado, no excluye. Consultá la guía y el buscador de equipos homologados.
6) Semillas y material de propagación → INASE
Las semillas y material de propagación tienen trámites y registros específicos previos (según especie y normativa). Al ser condición previa, no ingresan por courier.
7) Vinos, mostos y bebidas vínicas → INV
Se requiere inscripción y procedimientos previos (guía de importación, DDJJ y, si corresponde, certificados analíticos o muestra de control). Es previo, por lo tanto queda excluido del courier.
8) Armas, municiones y materiales controlados → ANMaC
La importación de armas y municiones exige autorización previa de ANMaC. Además, por vía postal/courier hay prohibiciones específicas.
9) Precursores químicos → RENPRE / Ministerio de Seguridad
Para sustancias de Lista I (y algunas ampliadas por resoluciones), se necesita autorización previa de importación; incluso se integró la presentación de certificados a VUCEA. Es condición previa: no courier.
Cómo evitar que te retengan el paquete (checklist de 60 segundos)
- Identificá el rubro: ¿salud (ANMAT/INAL), agro (SENASA-AFIDI), radio (ENACOM), semillas (INASE), vinos (INV), armas (ANMaC), químicos (RENPRE)?
- Buscá si hay trámite previo en la página oficial del organismo. Si la respuesta es sí, no va por courier.
- Vegetales/semillas/madera → AFIDI (SENASA) antes de comprar.
- Animal/veterinario → autorización SENASA previa.
- Medicamentos/suplementos → ANMAT previa en Puerta a Puerta; evitá courier comercial.
- Cosméticos/higiene/productos médicos clase baja → chequeá si rige “no intervención previa”(avisos/posmercado) según la Disposición 3562/2025 y comunicados recientes.
- Radio (celulares/handies/routers) → verificá la homologación ENACOM y si la piden antes del libramiento.
- Semillas (INASE), vinos (INV), armas (ANMaC), precursores (RENPRE) → todos con pasos previos → no courier.